Respuestas rápidas

Preguntas frecuentes sobre el DeCA y el Documento de Control Digital

La norma es reciente y existen explicaciones contradictorias. Estas respuestas se basan en los textos publicados en el BOE.

¿Cuándo será obligatorio?

El 5 de octubre de 2026 para el documento de mercancías y la hoja de ruta de viajeros.

¿Puedo seguir llevando una copia en papel?

Sí, si procede de un documento generado digitalmente y contiene el QR. El conductor también puede mostrar la copia electrónica o solo el QR.

¿Vale escanear mi documento actual?

No. El PDF debe generarse nativamente a partir de datos estructurados de una aplicación.

¿Necesito homologar el programa?

La resolución no establece una homologación ni comunicación previa del dominio. Sí obliga a que el sistema y los documentos cumplan todas las características técnicas.

¿El Ministerio guarda mis documentos?

El nuevo modelo establece que se almacenen en un repositorio elegido por quien los genera. El dominio puede ser cualquiera.

¿El enlace puede pedir contraseña?

No durante la inspección. La URL del QR debe producir la descarga directa del PDF sin credenciales, autenticación, botones o interacción manual.

¿Durante cuánto tiempo debe funcionar el QR?

No puede expirar antes de finalizar el servicio. La descarga pública puede desactivarse siete días naturales después de que termine, aunque cargador y transportista deben poder conservar o descargar el fichero durante al menos un año.

¿Hay que firmar?

No para la función administrativa. Si se utiliza también como documento contractual firmado, se exige como mínimo firma electrónica avanzada.

¿DeCA y eCMR son lo mismo?

No. El DeCA es administrativo y nacional; el CMR/eCMR documenta un contrato de transporte internacional.

¿Quién debe generarlo?

Cargador contractual y transportista efectivo están obligados a formalizarlo. Pueden acordar quién ejecuta la generación, pero ambos deben asegurarse de que exista y esté disponible.