Fuentes oficiales

Normativa del Documento de Control Digital en España

La obligación se entiende combinando varias normas. Aquí las ordenamos cronológicamente y explicamos qué aporta cada una.

1. Orden FOM/2861/2012

Regula el documento de control del transporte público de mercancías: ámbito, exenciones, sujetos responsables, contenido esencial, emisión y conservación.

2. Reglamento de la LOTT

El artículo 222 del Real Decreto 1211/1990 establece que los documentos de control deben llevarse a bordo y permite cumplimentarlos por medios electrónicos cuando se garantice su disponibilidad, integridad, inalterabilidad e inviolabilidad.

3. Ley 9/2025, de Movilidad Sostenible

La disposición transitoria octava convierte el formato digital en obligatorio para mercancías y viajeros a los diez meses de la entrada en vigor. La fecha resultante es el 5 de octubre de 2026.

4. Resolución de 5 de junio de 2026

Define las características concretas de las aplicaciones, PDF, QR, URL, firmas opcionales, modificaciones, agrupación y presentación al conductor. Sustituye la resolución anterior de 22 de mayo de 2023.

5. LOTT y sanciones

Los artículos 140, 141 y 143 de la Ley 16/1987 tipifican la carencia, ocultación, falta de conservación y falseamiento de documentos de control.

Criterio de DecaDoc: cuando una página administrativa o una guía anterior contradiga la resolución de junio de 2026, damos prioridad al texto oficial posterior publicado en el BOE.

¿Es una norma definitiva?

La resolución está publicada y vigente, aunque puede ser recurrida o modificada. DecaDoc mantendrá una fecha de última revisión y un historial de actualizaciones en las guías afectadas.